La vulneración del derecho a la intimidad y a la privacidad en el entorno digital en el Perú

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2024

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Redes Sociales




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Resumen

El objetivo fue establecer la relación entre la vulneración del derecho a la intimidad y privacidad en el uso de redes sociales. Con un enfoque cualitativo. Los resultados revelaron que el marco-jurídicoperuano, plasmado en el artículo 2.6 de la normativa constitucional, 154-121 del Código Penal, Ley-29733 y D.S-003-2013-JUS, prohíbe la revelación de datos que impacten la privacidad familiar y personal, considerándola como acto ilícito. Sin embargo, la protección se limita a la difusión no autorizada de datos personales y acceso indebido a cuentas, sin abordar de manera explícita la violencia en internet. En conclusión, esta falta de eficacia contrasta con la legislación chilena, que mediante una reforma constitucional, considera la salvaguarda de la información personal como un derecho esencial. Otros Estados como Argentina-México-Ecuador y Colombia lo regulan en normativas específicas, sin considerarlo un derecho fundamental. Por otro lado, el sistema estadounidense destaca por su principio de expectativa-razonable de intimidad, estableciendo que cualquier intrusión-injustificada de terceros frente a la privacidad del individuo es ilícita. Asimismo, el quebrantamiento del derecho a la privacidad se ve favorecida por factores como el origen con discriminación y estigmatización, así como el sexo con estereotipos de género.

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Palabras clave

Derecho a la privacidad, Protección de la vida privada, Redes sociales, Internet

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