La fianza bancaria como contracautela en el marco de la ley Nro. 31589 y su relación con los derechos de tutela jurisdiccional efectiva y debido proceso del contratista
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2023
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Citación APAResumen
En el presente trabajo de investigación se analiza la afectación que causa lo regulado en el numeral 2) de la tercera disposición final de la Ley No. 31589 - Ley que garantiza la reactivación de obras públicas paralizadas – en contra del derecho al debido proceso y la tutela jurisdiccional efectiva que deben regir en todo proceso, sea judicial o arbitral, considerando que dicha disposición normativa establece como requisito taxativo indispensable que el Contratista ofrezca única y exclusivamente una carta fianza bancaria como contracautela en favor del Estado para la admisibilidad de su solicitud de medida cautelar, a pesar de la existencia de diversos tipos de contracautela. Ante este escenario, surge la pregunta de si el derecho a la tutela cautelar es parte del derecho al debido proceso y de la tutela jurisdiccional efectiva y si es posible que el legislador imponga a una parte que recurre al amparo cautelar limitaciones o restricciones para el ejercicio del referido derecho.
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Fianzas, Cartas de crédito, Medidas cautelares, Obras públicas, Contratos públicos, Debido proceso, Tutela, Aspectos jurídicos
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