UNIVERSIDAD ESAN Análisis de la regulación en materia de Prevención del Lavado de Activos y de Financiamiento del Terrorismo de las Casas de Cambio Trabajo de investigación presentada en satisfacción parcial de los requerimientos para obtener el grado de Maestro en Gestión Pública por: Programa de la Maestría en Gestión Pública 2019 - 1 Lima, 13 de mayo de 2022 Nombre de los tesistas Béjar Bedoya, Johanne Shirley Nombre de los tesistas Huari Maximiliano, María del Rosario Nombre de los tesistas Rivero Stagnaro, Joanna Nombre de los tesistas Sánchez Sarmiento, Luis Miguel II Este trabajo de investigación: Análisis de la regulación en materia de Prevención del Lavado de Activos y de Financiamiento del Terrorismo de las Casas de Cambio Ha sido aprobada. ………………………………………………. René Helbert Cornejo Díaz (Jurado) …………………………………………………… Frank Alomías Mauricio Molares (Jurado) …………………………………………………….. Juan José Hopkins Brocq (Asesor) Universidad ESAN 2022 III DEDICATORIA A mis adorados padres y hermanos por todo su apoyo y ánimo incondicional Johanne Shirley Béjar Bedoya A mi Madre por su amor e incondicional ayuda, y a mi querido Padre por ser la estrella que ilumina mi camino. María del Rosario Huari Maximiliano A mi familia, por su apoyo y comprensión. Joanna Rivero Stagnaro A mi querida familia y a nuestro querido Callao, gracias. Luis Miguel Sánchez Sarmiento IV CURRÍCULUM VITAE DE LOS AUTORES JOHANNE BÉJAR BEDOYA Abogada por la Pontificia Universidad Católica del Perú, especializada en derecho administrativo con énfasis en Contrataciones con el Estado, Inversión Pública, Obras por Impuesto, promoción de la inversión privada, procesos licitatorios y Derecho Corporativo. Con más de 10 años de experiencia en puestos de dirección y gerencia, alcanzando objetivos y metas, liderando y formando equipos altamente eficientes, con capacidad de planificación, organización, análisis y solución de problemas, contando además con comprobada solvencia moral y ética. EXPERIENCIA PROFESIONAL Compañía Minera Poderosa S.A. Empresa minera aurífera ubicada en el distrito y provincia de Pataz, ciudad de Trujillo. Asesora Legal Octubre 2021 - Actualidad Abogada en la Jefatura de Proyectos Públicos de Poderosa, encargada de asesorar en los proyectos de inversión pública ejecutados y financiados por Poderosa bajo el marco del régimen de Obras por Impuesto. Cassalegalia y Asociados S.A.C. Estudio de abogados con alto nivel de especialización en diversas áreas del Derecho, destacándose los servicios de consultoría legal en Obras por Impuestos, supervisión de Asociaciones Públicos Privadas, procesos licitatorios a nivel nacional e internacional, Contrataciones con el Estado, Derecho Administrativo y Derecho Corporativo. Gerente General Abril 2017 – Septiembre 2021 A nivel gerencial, responsable del desarrollo y ejecución del plan de negocios y organizacional de la empresa. Planeación, organización y control de operación de los servicios. Socia del Área de Licitaciones y Proyectos Estratégicos Abril 2017 – Septiembre 2021  Responsable de la revisión, análisis y comentarios a los proyectos de Ley, Decreto Legislativo y Decretos Supremos y documentos estandarizados (Bases, Convenios de Inversión) sobre el mecanismo de Obras por Impuestos,  Soporte legal y asesora en las cuatro fases del mecanismo de Obras por impuesto con énfasis en el proceso de selección y ejecución, entre las principales actividades: V preparación de propuestas, revisión de bases, absolución de consultas, elaboración o revisión de contratos entre el financista y el ejecutor y Convenios de Inversión.  Supervisión de los procesos licitatorios nacionales e internacionales hasta la suscripción de los contratos con las entidades o empresas. Buena Pro de asesorías de transacción en Colombia con la Dirección Nacional de Planeamiento y el Financiera de Desarrollo Nacional.  Asesoría legal a empresas en temas de derecho corporativo. Universidad Esan Institución académica dedicada a la enseñanza a nivel de pregrado y postgrado, cuenta con diversos institutos; resaltando el Instituto de Regulación & Finanzas que tiene como objetivo principal el desarrollo de consultorías y asesorías en las áreas de regulación de los servicios públicos y las finanzas. Asesora Legal Externa Noviembre 2016 – Octubre 2017 Asesora del servicio de consultoría para la Reestructuración del Fondo Municipal de Promoción de la Inversión Privada (FOMPRI) de la Municipalidad Metropolitana de Lima, para excluir las contrataciones referidas a la promoción de la inversión privada del alcance del Decreto Legislativo N° 1017. Análisis del marco normativo, elaboración de propuestas de ley y reglamento. Asistente legal Julio 2013 – Octubre 2016 Responsable del diseño de términos de referencia y bases en el marco del Decreto Legislativo N° 1012 (Legislación de Asociaciones Público Privadas), así como Ley de Contrataciones. Asimismo, tuve a mi cargo las negociaciones con los potenciales socios y la elaboración de las propuestas de la Universidad ESAN para diversos concursos a nivel nacional e internacional. FORMACIÓN PROFESIONAL ESAN GRADUATE SCHOOL OF BUSINESS 2019 - actualidad Maestría en Gestión Pública PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA DEL PERÚ Julio 2017 Abogada PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA DEL PERÚ Julio 2013 Bachiller en Derecho ESAN GRADUATE SCHOOL OF BUSINESS 10/2014 – 04/2015 Diplomado en Especialización en Gestión de Impuestos y Tributación en las empresas VI ESAN GRADUATE SCHOOL OF BUSINESS 11/2013 – 01/2014 Diploma en Asociaciones Público-Privadas VII MARÍA DEL ROSARIO HUARI MAXIMILIANO Profesional con más de 15 años de experiencia en el área de la Construcción y la Gestión Pública, llevando a cabo proyectos que incrementan la calidad de vida de la Población. Experiencia en obras urbanas (Pistas y veredas), edificaciones, saneamiento, puentes, y transporte urbano; logrando cumplir con los objetivos estratégicos de la Institución; fomentando las buenas prácticas en la ingeniería y la gestión pública. EXPERIENCIA PROFESIONAL Autoridad del Transporte Urbano (ATU) Junio 2021 – Actualidad Especialista en Ingeniería Civil para Obras de Lima y Callao de competencia de la Subdirección de Infraestructura de Transporte Terrestre y No Convencional de la Dirección de Infraestructura de la ATU. EMAPE S.A Marzo 2021 – Mayo 2021 Coordinador de Obras Oficina de Infraestructura Penitenciaria (OIP-INPE) Junio 2018 – Febrero 2021 Coordinadora de Obra en la Administración de contratos de ejecución, supervisión y servicios de la Unidad de Obras y Equipamiento de la Oficina de Infraestructura Penitenciaria-INPE Consorcio C&C Junio 2017 – Abril 2018 Residente de la Obra: “Instalación del Servicio de Seguridad en la Universidad Nacional de Cañete, Fundo Don Luis-Provincia de Cañete-Región Lima” SNIP 280147. Municipalidad Distrital de Quilmaná Enero 2015 – Mayo 2016 Gerente de Desarrollo Urbano y Rural Municipalidad Provincial de Cañete Julio 2008 – Diciembre 2014 Supervisor de Obras, Residente de Obras de Administración Directa, Asesor Técnico de la Gerencia de Desarrollo Urbano y Rural, Responsable del Área de Estudios y Proyectos, Ingeniera Proyectista de la Unidad Formuladora de Proyectos, Especialista en Planificación Urbana, Especialista en SIG/CAD. Municipalidad Distrital de Imperial Mayo 2007 – Junio 2008 VIII Asistente Técnico en la Elaboración de Estudios y Proyectos, Liquidaciones de Obra del Área de Obras Públicas y Proyectos. Programa Nacional Wawa Wasi (MIMDES) Febrero 2007 – Mayo 2008 Responsable técnico en el equipamiento de 05 Comités de Gestión a nivel de la Provincia de Cañete. Municipalidad Provincial de Cañete Junio 2006 – Diciembre 2006 Asistente Técnico en la Elaboración de Liquidaciones de Obras de la Gerencia de Desarrollo Urbano y Rural (GODUR) FORMACIÓN PROFESIONAL ESAN GRADUATE SCHOOL OF BUSINESS (Actualidad) 2019-2022 Maestría en Gestión Publica CENTRO DE IDIOMAS DE LA UNIVESIDAD DEL PACÍFICO 2016-2019 Idioma Portugués-Nivel Intermedio UNIVERSIDAD RICARDO PALMA 2014 - 2015 Egresada de la Maestría de Ingeniería Vial UNIVERSIDAD SAN LUIS GONZAGA DE ICA 2001 - 2005 Titulada en la Carrera Profesional de Ingeniería Civil OTROS ESTUDIOS ESCUELA NACIONAL DE POLITICAS PÚBLICAS 2020 Diploma de Especialización en Auditoría y Control Gubernamental CAD-PERÚ 2017-2018 Diploma de Especialización Profesional en Diseño y Gestión de Obras de Saneamiento: Agua Potable y Alcantarillado. CAD-PERÚ 2017 Diploma de Especialización Profesional Residencia, Supervisión y Seguridad de Obras con Enfoque Lean Construction. CAD-PERÚ 2016-2017 Diploma de Especialización Elaboración de Expedientes Técnicos, Valorizaciones y Liquidaciones de Obras por Contrata y Administración Directa. IX ESAN GRADUATE SCHOOL OF BUSINESS 2015 - 2016 Diploma en Gerencia en la Administración Pública (Módulos I y II) INSTITUTO DE GOBIERNO Y GESTIÓN PÚBLICA 2012-2012 Diploma en Gestión Estratégica de los Procesos de Contrataciones del Estado. CESAP ALTOS ESTUDIOS 2012 Diplomado en Gestión Ambiental y Evaluación de Impacto Ambiental UNIVERSIDAD DEL PACÍFICO 2011 Diplomado en Proyectos de Inversión Pública CESAP ALTOS ESTUDIOS 2011 Diplomado en Gestión Pública UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERÍA 2008-2009 VII Diplomado en Proyectos de Inversión Pública (SNIP) X JOANNA RIVERO STAGNARO Abogada por la Universidad de San Martín de Porres, especializada en prevención del lavado de activos y del financiamiento del terrorismo, en supervisión con enfoque basado en riesgos de los sistemas de prevención de lavado de activos y de financiamiento del terrorismo y en gestión de proyectos. Con más de 17 años en la UIF-Perú desempeñado funciones en los Departamentos de Prevención y Supervisión y liderando importantes proyectos para el cumplimiento de las metas trazadas. EXPERIENCIA PROFESIONAL Superintendencia de Banca, Seguros y AFP Enero 2022 – Actualidad Unidad de Inteligencia Financiera del Perú (UIF-Perú) Supervisor Principal de Control y Monitoreo Superintendencia de Banca, Seguros y AFP Marzo 2016 – 2021 Unidad de Inteligencia Financiera del Perú (UIF-Perú) Supervisor Principal de UIF Superintendencia de Banca, Seguros y AFP Agosto 2015 – 2016 Unidad de Inteligencia Financiera del Perú (UIF-Perú) Supervisor de UIF Superintendencia de Banca, Seguros y AFP Junio 2007 – 2015 Unidad de Inteligencia Financiera del Perú (UIF-Perú) Analista del Departamento de Prevención Superintendencia de Banca, Seguros y AFP Enero 2005 – 2007 Unidad de Inteligencia Financiera del Perú (UIF-Perú) Asistente de la Dirección Ejecutiva y Legal XI FORMACIÓN PROFESIONAL ESAN GRADUATE SCHOOL OF BUSINESS (Actualidad) 2019-2022 Maestría en Gestión Pública UNIVERSIDAD DE SAN MARTIN DE PORRES 1999 - 2004 Derecho y Ciencias Políticas OTROS ESTUDIOS RISK CONSULTING GLOBAL GROUP 2021 Gestión de riesgos de Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo CONSULTORIA INTERNACIONAL CAPACITACION INTERAMERICANA 2021 Sistema de control interno y gestión de riesgos UNIVERSIDAD PARA LA PAZ Y LA FUNDACIÓN PARA EL 2020 ESTUDIO DEL LAVADO DE ACTIVOS Y DELITOS (FELADE). Certificación Internacional en Prevención del Lavado de Activos y Delitos UNIVERSIDAD ESAN 2019 El mercado del oro en el Perú ASOCIACION DE INSTITUCIONES DE MICROFINANZAS DEL PERU 2018 6to Foro Internacional de Prevención de Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo ASOCIACION DE BANCOS DEL PERU - ASBANC 2018 X Congreso Internacional Prevención del Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo CONSULTOR LUIS EDUARDO DAZA GIRALDO 2018 Taller sobre análisis de alertas, de operaciones inusuales y de operaciones sospechosas desde el enfoque basado en riesgos. FIBA AML INSTITUTE 2013 Certificación FIBA AMLCA. 2013 FINTRAC CANADA 2013 AML/CFT Supervisory course XII LUIS MIGUEL SÁNCHEZ SARMIENTO Abogado por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, especializado en derecho administrativo con énfasis en Contrataciones con el Estado. Con un adecuado uso de los recursos de comunicación para transmitir seguridad, confianza y trabajo en equipo, con criterio y eficiencia en la toma de decisiones, contando además con comprobada solvencia ética y moral, con miras al logro de los objetivos y las metas institucionales. EXPERIENCIA PROFESIONAL DIRECCIÓN GENERAL DE ELECTRIFICACIÓN RURAL Jefatura de Licitaciones y Contratos. Abogado Especialista Septiembre 2020 - Actualidad Abogado Especialista en Contrataciones del Estado encargado del trámite de aprobación de Expedientes de Contratación, elaboración de bases de los procedimientos de selección para su respectiva convocatoria en el SEACE, además de asumir las funciones de miembro de Comité de Selección como representante del Órgano Encargado de las Contrataciones en los procedimientos de selección asignados, desde su convocatoria hasta su culminación hasta el consentimiento de la buena pro. CONGRESO DE LA REPÚBLICA Comisión de Presupuesto y Cuenta General de la República Asesor Agosto 2016 – Septiembre 2019 Asesor especialista en Derecho Parlamentario, encargado de la redacción de proyectos de ley, dictámenes y ayudas memorias sobre proposiciones legislativas. Experiencia en el proceso de debate y aprobación de la Ley de Presupuesto del Sector Público y dominio de la Ley General de Presupuesto Público y sus modificatorias. Preparación de las sesiones y coordinación de las audiencias descentralizadas con instituciones públicas de los 3 niveles XIII de gobierno, evaluando los petitorios y canalizándolos al sector correspondiente para su evaluación. COICOSER MÚLTIPLES S.A.C. Compañía Industrial de Construcción y Servicios Múltiples Asesor Legal y Logístico Junio 2014 – Julio 2016 Asesoría en los asuntos vinculados a Derecho Administrativo, Arbitraje y Contrataciones del Estado. Responsable de la elaboración y revisión de la documentación requerida y de los requisitos que constan en las bases de los procedimientos de selección, para una eventual participación como postores. Asesoría en lo referido al armado y presentación de propuestas en los procedimientos de selección que la empresa consideraba participar como postor, que incluye verificación de la documentación y las declaraciones juradas a presentar. Asesoría en el cumplimiento de la normativa de Contrataciones con el Estado, referida a la etapa de ejecución contractual: Ampliaciones de plazo, acreditación de mayores gastos generales, solicitud de adicionales, revisión de la vigencia y renovación de las garantías contractuales y otras, según el caso en particular. NOTARÍA JOSÉ LUIS JESSEN HURTADO Área de Escrituras Públicas Asistente legal Mayo 2012 – Diciembre 2014 Redacción de minutas y proyectos de escrituras públicas de contratos relacionados a los ámbitos civil y comercial. Revisión de la documentación anexada con el fin de brindar legitimidad a los contratos suscritos por las partes. FORMACIÓN PROFESIONAL ESAN GRADUATE SCHOOL OF BUSINESS 2019 - Actualidad Maestría en Gestión Pública UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MARCOS Julio 2018 Abogado UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MARCOS Julio 2013 Bachiller en Derecho OTROS ESTUDIOS OSCE Agosto 2020 ORGANISMO SUPERVISOR DE LAS CONTRATACIONES DEL ESTADO Constancia de Profesional o Técnico Certificado por OSCE ESAN GRADUATE SCHOOL OF BUSINESS 02/2019 – 03/2019 Curso de Gestión en Recursos Humanos XIV ENEG 08/2017 – 10/2017 Escuela Nacional de Estudios Gubernamentales Diplomado en Planeamiento Estratégico para la Gestión Pública ENEG 08/2017 – 10/2017 Escuela Nacional de Estudios Gubernamentales Diplomado en Gestión Pública de Conflictos Sociales ÍNDICE DE CONTENIDO DEDICATORIA ................................................................................................................................ III CURRÍCULUM VITAE DE LOS AUTORES ............................................................................. IV ÍNDICE DE CONTENIDO ............................................................................................................. XIV ÍNDICE DE TABLAS .................................................................................................................... XVII ÍNDICE DE FIGURAS .................................................................................................................. XVIII ÍNDICE DE ANEXOS................................................................................................................... XVIII GLOSARIO DE TÉRMINOS .......................................................................................................... XIX RESUMEN EJECUTIVO .............................................................................................................. XXIX ABSTRAC .................................................................................................................................... XXXII INTRODUCCIÓN .............................................................................................................................. 1 CAPÍTULO 1. PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA ................................................................... 5 1.1. Descripción de la realidad problemática ................................................................................. 5 1.1.1. Formulación del problema .......................................................................................... 5 1.1.2. Problema general ....................................................................................................... 10 1.1.3. Problemas específicos ............................................................................................... 10 1.2. Objetivos de la Investigación ................................................................................................ 11 1.2.1. Objetivo general ........................................................................................................ 11 1.2.2. Objetivos específicos ................................................................................................ 11 XV 1.3. Justificación e importancia de la investigación ..................................................................... 11 1.4. Limitaciones del estudio ....................................................................................................... 12 1.5. Delimitación del estudio ....................................................................................................... 12 CAPÍTULO 2. MARCO TEÓRICO ................................................................................................. 13 2.1. Antecedentes de la investigación .......................................................................................... 13 2.2. Marco Teórico ....................................................................................................................... 17 2.2.1. Lavado de Activos ............................................................................................................ 17 2.2.1.1. Noción o naturaleza jurídica ......................................................................................... 17 2.2.1.2. Etapas o fases del proceso ............................................................................................. 20 2.2.1.3. Marco Legal Internacional ............................................................................................ 23 2.2.1.4. Marco Legal Nacional. .................................................................................................. 26 2.2.2. Financiamiento del Terrorismo ......................................................................................... 33 2.2.2.1. Naturaleza Jurídica ........................................................................................................ 33 2.2.2.2. Marco legal nacional ..................................................................................................... 35 2.2.3. Similitudes y diferencias entre el lavado de activos y el financiamiento del terrorismo .. 40 2.2.4. Sistema de Antilavado de Activos y contra el Financiamiento del Terrorismo ................ 42 2.2.5. Sistema de Prevención de Lavado de Activos y de Financiamiento del Terrorismo ........ 44 2.2.5.1. Antecedentes ................................................................................................................. 44 2.2.5.2. Componentes del Sistema de Prevención de Lavado de Activos y de Financiamiento del Terrorismo en el Perú .................................................................................................................. 46 2.2.5.3. Obligación de implementar el Sistema de Prevención de Lavado de Activos y de Financiamiento del Terrorismo en el Perú ........................................................................................ 47 2.2.5.4. El Sistema de Prevención de Lavado de Activos y de Financiamiento del Terrorismo en las personas naturales y jurídicas que se dedican a la compraventa de divisas (casas de cambio)53 2.2.6. Compraventa de divisas – Casas de Cambio..................................................................... 59 2.2.6.1. Compraventa de divisas – Casas de Cambio ................................................................. 59 2.2.6.2. Registro ......................................................................................................................... 63 2.2.6.3. Exigencias ..................................................................................................................... 64 2.2.6.4. Duración y renovación en el registro ............................................................................ 66 2.2.6.5. Viabilidad técnica-normativa sobre incorporación de mejoras en la regulación vigente en materia de prevención de lavado de activos y de financiamiento del terrorismo. ........................ 67 2.2.6.6. Benchmarking internacional ......................................................................................... 70 2.3. Supuestos .............................................................................................................................. 91 2.3.1. General. ............................................................................................................................. 91 XVI 2.3.2. Específicas. ....................................................................................................................... 91 CAPÍTULO 3. MÉTODOLOGÍA DEL ESTUDIO .......................................................................... 92 Introducción ...................................................................................................................................... 92 3.1. Diseño de la investigación. ................................................................................................... 92 3.2. Tipo de Investigación. ........................................................................................................... 93 3.3. Técnica de la Investigación. .................................................................................................. 94 3.3.1. Entrevista. ......................................................................................................................... 94 3.3.2. Participantes de la investigación. ...................................................................................... 95 3.3.3. Fuentes primarias de información ..................................................................................... 95 3.3.4. Guía de entrevistas. ........................................................................................................... 97 3.3.4.1. Protocolo de guía de preguntas. .................................................................................... 97 3.3.4.2. Entrevista a profundidad ............................................................................................... 97 3.3.4.3. Categorías y subcategorías de evaluación y pauta de la entrevista. .............................. 98 3.3.5. Procedimiento de registros de datos. ................................................................................. 99 3.3.6. Análisis de datos ............................................................................................................. 100 3.3.6.1. Análisis individual de los casos. ................................................................................. 100 3.3.6.2. Análisis transversal de los casos. ................................................................................ 101 3.3.6.3. Proceso del análisis de Resultados. ............................................................................. 102 3.3.7. Validez y confiabilidad. .................................................................................................. 104 3.3.7.1. Validez de constructo. ................................................................................................. 104 3.3.7.2. Validez externa. .......................................................................................................... 104 3.3.7.3. Confiabilidad. .............................................................................................................. 105 3.3.8. Instrumento ..................................................................................................................... 105 CAPÍTULO 4. DISCUSIÓN, CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES .............................. 106 4.1. Consideraciones previas ...................................................................................................... 106 4.1.1. Propósito de la opinión de expertos ................................................................................ 106 4.1.2. Tipología de las entrevistas a realizar ............................................................................. 106 4.1.3. Naturaleza de las entrevistas ........................................................................................... 106 4.2. Selección de expertos .......................................................................................................... 106 4.2.1. Perfil requerido ............................................................................................................... 106 4.2.2. Cantidad de entrevistas ................................................................................................... 107 4.3. Diseño de las preguntas ....................................................................................................... 107 XVII 4.3.1. Temas a tratar en las entrevistas...................................................................................... 107 4.3.2. Características de las preguntas ...................................................................................... 108 4.3.3. Entrevistas ....................................................................................................................... 108 4.4. Resumen de las respuestas emitidas .................................................................................... 109 4.5. Análisis y discusión de las opiniones .................................................................................. 110 CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES .............................................................................. 136 REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS ............................................................................................ 144 ANEXOS ........................................................................................................................................ 151 ÍNDICE DE TABLAS Tabla 1. Evolución de Norma ....................................................................................................... 28 Tabla 2. Exigencias ....................................................................................................................... 64 Tabla 3.Benchmarking internacional ............................................................................................ 70 Tabla 4. Ficha técnica de entrevista a expertos ............................................................................. 98 Tabla 5.Guión de expertos ............................................................................................................ 99 Tabla 6.Resumen ......................................................................................................................... 103 Tabla 7. Entrevista a expertos ..................................................................................................... 108 Tabla 8. Resumen de las respuestas emitidas .............................................................................. 109 Tabla 9. Pregunta 1. ¿Desde hace cuánto tiempo usted es parte del sector de compraventa de divisas? ......................................................................................................................................... 110 Tabla 10.Pregunta No. 2. ¿Conoce los protocolos a seguir para el funcionamiento de una casa de cambio en el país en cuanto a requisitos, exigencias y condiciones para personas naturales y jurídicas? ¿Cuál es su opinión sobre los mismos? ¿Cuál es la utilidad de estos para hacer frente al lavado de activos y financiamiento del terrorismo? ..................................................................... 113 Tabla 11. Pregunta No. 3. ¿Conoce el marco normativo que regula el funcionamiento del sector de compraventa de divisas, concretamente las casas de cambio en el país? ¿Es realmente funcional, aporta en algo a la actividad de las casas de cambio? ¿Por qué? ................................ 118 Tabla 12.Pregunta No. 4 ¿Considera que existen barreras de entrada y salida en este sector? ¿A qué se debe la existencia de las mismas? Para usted, ¿la regulación existente es una barrera, eso XVIII beneficia o pone en riesgo la actividad de compraventa de divisas en las casas de cambio? ¿Por qué? .............................................................................................................................................. 122 Tabla 13.Pregunta No. 5 ¿Existe en Perú una regulación prudencial para las personas naturales y jurídicas que se dedican a la compraventa de divisas? Si su respuesta es positiva, ¿qué beneficios aporta la misma al sector?; y si es negativa, ¿cómo afecta la ausencia de la misma? ¿En qué basa sus argumentos? ........................................................................................................................... 126 Tabla 14.Pregunta No. 6. ¿Considera prudente que las casas de cambio sean evaluadas por una regulación de carácter uniforme para todo el sector de compraventa de divisas? Si su respuesta es positiva, ¿cómo contribuye esta acción?; y si su respuesta es negativa, ¿cree que esto generan riesgos, ¿cuáles podrían ser? ........................................................................................................ 130 Tabla 15.Pregunta No. 7. ¿Conoce acerca del funcionamiento y marco normativo que regula la actividad de compraventa de divisas en otros países de América Latina? Si su respuesta es positiva, ¿qué se puede aprender de estas experiencias, y de qué manera se podrían mejorar estos procedimientos? Si su respuesta es negativa, ¿considera valioso tener dicho conocimiento?, si es así ¿cómo podría ayudar al funcionamiento de las casas de cambio en Perú? ............................. 133 ÍNDICE DE FIGURAS Figura 1.Esquema de los componentes del lavado de activos – Compendio de la Guía de referencia para el antilavado de activos y la lucha contra el financiamiento del terrorismo ......... 19 Figura 2. Estadística de la UIF ...................................................................................................... 20 Figura 3. Inversión, integración o goce de los capitales ilícitos ................................................... 22 Figura 4. Componentes de la SILAFIT ......................................................................................... 43 Figura 5.Factores de riesgo del SPLAFT ...................................................................................... 51 Figura 6. Metodología de aplicación de políticas eficaces y procedimientos del SPLAFT .......... 53 Figura 7. Metodología de estudio ................................................................................................. 96 ÍNDICE DE ANEXOS XIX Anexo 1. Guía de Entrevista...................................................................................................... 151 Anexo 3. Transcripciones .......................................................................................................... 153 GLOSARIO DE TÉRMINOS Auto regulación: “…la posibilidad de que los agentes de determinados sectores económicos, profesiones o gremios dicten normas de conducta o actuación que deben ser acatadas por estos y a las cuales se les atribuye una consecuencia en caso de incumplimiento.” (León, 2012). Bancarización: Consiste en formalizar todas las operaciones y canalizarlas a través de medios legales que permiten identificar su origen y destino y que el Estado pueda ejercer sus facultades de fiscalización contra la evasión tributaria, el lavado de activos y otros delitos. Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria, SUNAT. (2022). Concepto - Bancarización. Recuperado de https://orientacion.sunat.gob.pe/3043- concepto-bancarizacion- personas#:~:text=La%20bancarizaci%C3%B3n%2C%20consiste%20en%20formalizar,d e%20activos%20y%20otros%20delitos. Código de conducta para la prevención de LA/FT: Contiene los principios rectores, valores y políticas que deben aplicarse para administrar la exposición a los riesgos de LA/FT, así como las medidas para garantizar el deber de reserva indeterminado de la información a la que se tiene acceso sobre el sistema de prevención del LA/FT. Resalta el https://orientacion.sunat.gob.pe/3043-concepto-bancarizacion-personas#:~:text=La%20bancarizaci%C3%B3n%2C%20consiste%20en%20formalizar,de%20activos%20y%20otros%20delitos https://orientacion.sunat.gob.pe/3043-concepto-bancarizacion-personas#:~:text=La%20bancarizaci%C3%B3n%2C%20consiste%20en%20formalizar,de%20activos%20y%20otros%20delitos https://orientacion.sunat.gob.pe/3043-concepto-bancarizacion-personas#:~:text=La%20bancarizaci%C3%B3n%2C%20consiste%20en%20formalizar,de%20activos%20y%20otros%20delitos https://orientacion.sunat.gob.pe/3043-concepto-bancarizacion-personas#:~:text=La%20bancarizaci%C3%B3n%2C%20consiste%20en%20formalizar,de%20activos%20y%20otros%20delitos XX carácter obligatorio de los procedimientos que integran el sistema de prevención del LA/FT, de acuerdo con la normativa vigente sobre la materia; especificando aquellos detalles particulares a los que se debe ceñir el sujeto obligado, sus trabajadores, el oficial de cumplimiento y sus directores. Superintendencia de Banca, Seguros y AFP. (2018). Norma para la prevención del lavado de activos y del financiamiento del terrorismo aplicable a los sujetos obligados bajo supervisión de la UIF-Perú, en materia de prevención del lavado de activos y del financiamiento del terrorismo. (Resolución SBS N° 789-2018). Lima, Perú. El Peruano. Compraventa de divisas: Actividad que realiza una persona natural con negocio o una persona jurídica con inscripción vigente en el “Registro de Empresas y Personas que efectúan Operaciones Financieras o de Cambio de Moneda” a cargo de la SBS, que consiste en el cambio de divisas o moneda extranjera de manera: i) presencial, en un establecimiento con licencia de funcionamiento vigente para cambio de moneda extranjera expedida por la Municipalidad correspondiente, o ii) electrónica, a través de una plataforma virtual, debiendo contar con la autorización respectiva expedida por la Municipalidad correspondiente. Superintendencia de Banca, Seguros y AFP. (2018). Norma para la prevención del lavado de activos y del financiamiento del terrorismo aplicable a los sujetos obligados bajo supervisión de la UIF-Perú, en materia de prevención del lavado de activos y del financiamiento del terrorismo. (Resolución SBS N° 789-2018). Lima, Perú. El Peruano. Comisión Ejecutiva Multisectorial contra el Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo - CONTRALAFT): Tiene como objeto coadyuvar en la coordinación y planificación de las acciones a cargo de las entidades públicas y privadas dirigidas a prevenir y combatir el lavado de activos, el financiamiento del terrorismo y el financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva. Está conformada por 19 entidades del Estado, es presidida por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (MINJUSDH) y la Vicepresidencia y la Secretaría Técnica está a cargo de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS), a través de la UIF. Entre sus funciones se encuentran: (i) articular los esfuerzos dirigidos a prevenir y combatir el lavado de XXI activos, el financiamiento del terrorismo; (ii) realizar actividades destinadas al seguimiento de la implementación de la Política y el Plan Nacional contra el Lavado de Activos, el Financiamiento del Terrorismo; (iii) emitir informes técnicos sobre los avances en la implementación de la Política y el Plan Nacional contra el Lavado de Activos, el Financiamiento del Terrorismo; (iv) proponer al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, sobre la base de los resultados de sus informes técnicos u otros diagnósticos (como, por ejemplo, la ENR), la actualización de la Política y el Plan Nacional contra el Lavado de Activos, el Financiamiento del Terrorismo; y (v) proponer su Reglamento Interno. Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, SBS (2022). CONTRALAFT. Recuperado de: https://www.sbs.gob.pe/prevencion-de-lavado- activos/Sistema-de-Lucha-Contra-el-LA- FT/CONTRALAFT#:~:text=La%20Comisi%C3%B3n%20Ejecutiva%20Multisectorial% 20contra,de%20activos%2C%20el%20financiamiento%20del Evaluación Nacional de Riesgos (ENR): Es la herramienta metodológica permite a los países identificar, analizar, evaluar y comprender los riesgos relacionados con el LA/FT. Con base a los resultados de la ENR, se debe aplicar un enfoque basado en riesgos con el objetivo de asegurar la implementación de medidas para prevenir o mitigar el LA/FT proporcionales a los riesgos identificados. Este enfoque debe constituir un fundamento esencial para la asignación efectiva de recursos en todo el régimen anti lavado de activos y contra el financiamiento del terrorismo y la implementación de medidas basadas en riesgo. Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, SBS (2022). Guía Informativa Evaluación Nacional de Riesgos de LA/FT. Recuperado de: https://www.sbs.gob.pe/Portals/5/jer/ESTUDIO-ANALISIS- RIESGO/Guia_Informativa_ENR.pdf Financiamiento del Terrorismo: Delito tipificado en el artículo 4-A del Decreto Ley N° 25475, Decreto Ley que establece la penalidad para los delitos de terrorismo y los procedimientos para la investigación, la instrucción y el juicio, y sus normas modificatorias; así como el artículo 297, último párrafo, del Código Penal y sus modificatorias. https://www.sbs.gob.pe/prevencion-de-lavado-activos/Sistema-de-Lucha-Contra-el-LA-FT/CONTRALAFT#:~:text=La%20Comisi%C3%B3n%20Ejecutiva%20Multisectorial%20contra,de%20activos%2C%20el%20financiamiento%20del https://www.sbs.gob.pe/prevencion-de-lavado-activos/Sistema-de-Lucha-Contra-el-LA-FT/CONTRALAFT#:~:text=La%20Comisi%C3%B3n%20Ejecutiva%20Multisectorial%20contra,de%20activos%2C%20el%20financiamiento%20del https://www.sbs.gob.pe/prevencion-de-lavado-activos/Sistema-de-Lucha-Contra-el-LA-FT/CONTRALAFT#:~:text=La%20Comisi%C3%B3n%20Ejecutiva%20Multisectorial%20contra,de%20activos%2C%20el%20financiamiento%20del https://www.sbs.gob.pe/prevencion-de-lavado-activos/Sistema-de-Lucha-Contra-el-LA-FT/CONTRALAFT#:~:text=La%20Comisi%C3%B3n%20Ejecutiva%20Multisectorial%20contra,de%20activos%2C%20el%20financiamiento%20del https://www.sbs.gob.pe/Portals/5/jer/ESTUDIO-ANALISIS-RIESGO/Guia_Informativa_ENR.pdf https://www.sbs.gob.pe/Portals/5/jer/ESTUDIO-ANALISIS-RIESGO/Guia_Informativa_ENR.pdf XXII Grupo de Acción Financiera Internacional - GAFI: Organismo intergubernamental cuyo propósito es el desarrollo y la promoción de políticas para combatir el LA/FT. El GAFI, además de proveer capacitación y emitir recomendaciones, realiza Evaluaciones Mutuas a sus miembros, seguimiento de las mismas, aplica sanciones y monitorea a los países con serias deficiencias en sus sistemas de prevención. Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, SBS (2022). Grupo de Acción Financiera – GAFI. Recuperado de: https://www.sbs.gob.pe/prevencion-de-lavado-activos/Sistema-de-Lucha-Contra-el-LA- FT/Organismos-Internacionales-que-rigen-el-Sistema-Nacional-contra-el-LA-FT/Grupo- de-Accion-Financiera-GAFI Grupo de Acción Financiera de Latinoamérica – GAFILAT: Organización intergubernamental de base regional que agrupa a 17 países de América del Sur, Centroamérica y América del Norte. El GAFILAT fue creado para prevenir y combatir el lavado de activos, financiamiento del terrorismo y el financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva, a través del compromiso de mejora continua de las políticas nacionales contra estos flagelos y la profundización en los distintos mecanismos de cooperación entre los países miembros. Es uno de los grupos regionales del Grupo de Acción Financiera GAFI/FATF (Grupo de Acción Financiera Internacional/Financial Action Task Force) y está conformado por Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Costa Rica, Cuba, Ecuador, Guatemala, Honduras, México, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú, República Dominicana y Uruguay. El GAFILAT apoya a sus miembros en la implementación de las 40 Recomendaciones y en la creación de un sistema regional de prevención contra el lavado de activos y el financiamiento al terrorismo. Las herramientas principales para asistir a los países son las medidas de capacitación y asistencia técnica (a través de la elaboración de guías, informes y documentos de apoyo), y las evaluaciones mutuas. Grupo de Acción Financiera de Latinoamérica -GAFILAT. (2022). Quiénes somos. Recuperado de: https://www.gafilat.org/index.php/en/espanol/11-inicio/gafilat/quienes-somos/21-el- organismo- https://www.sbs.gob.pe/prevencion-de-lavado-activos/Sistema-de-Lucha-Contra-el-LA-FT/Organismos-Internacionales-que-rigen-el-Sistema-Nacional-contra-el-LA-FT/Grupo-de-Accion-Financiera-GAFI https://www.sbs.gob.pe/prevencion-de-lavado-activos/Sistema-de-Lucha-Contra-el-LA-FT/Organismos-Internacionales-que-rigen-el-Sistema-Nacional-contra-el-LA-FT/Grupo-de-Accion-Financiera-GAFI https://www.sbs.gob.pe/prevencion-de-lavado-activos/Sistema-de-Lucha-Contra-el-LA-FT/Organismos-Internacionales-que-rigen-el-Sistema-Nacional-contra-el-LA-FT/Grupo-de-Accion-Financiera-GAFI https://www.gafilat.org/index.php/en/espanol/11-inicio/gafilat/quienes-somos/21-el-organismo-internacional#:~:text=El%20Grupo%20de%20Acci%C3%B3n%20Financiera,de%20la%20proliferaci%C3%B3n%20de%20armas https://www.gafilat.org/index.php/en/espanol/11-inicio/gafilat/quienes-somos/21-el-organismo-internacional#:~:text=El%20Grupo%20de%20Acci%C3%B3n%20Financiera,de%20la%20proliferaci%C3%B3n%20de%20armas XXIII internacional#:~:text=El%20Grupo%20de%20Acci%C3%B3n%20Financiera,de%20la% 20proliferaci%C3%B3n%20de%20armas Gestión de Riesgos de LA/FT: Está conformada por las políticas y procedimientos de identificación, evaluación, mitigación y monitoreo de los riesgos en materia de LA/FT a los que se encuentra expuesta la casa de cambio conforme a su propia autoevaluación y las normas vigentes sobre la materia. Informe Anual del Oficial de Cumplimiento: Informe elaborado por el Oficial de Cumplimiento respecto del cumplimiento de las políticas y procedimientos que integran el Sistema de Prevención de Lavado de Activos y del Financiamiento del Terrorismo. Superintendencia de Banca, Seguros y AFP. (2018). Norma para la prevención del lavado de activos y del financiamiento del terrorismo aplicable a los sujetos obligados bajo supervisión de la UIF-Perú, en materia de prevención del lavado de activos y del financiamiento del terrorismo. (Resolución SBS N° 789-2018). Lima, Perú. El Peruano. Informalidad: “(…) el término sector informal abarcaría “las acciones de los agentes económicos que no se adhieren a las normas institucionales establecidas o a los que se niega su protección” (Feige 1990, p.990), o bien “todas las actividades generadoras de ingresos, no reguladas por el Estado en entornos sociales en que sí están reguladas actividades similares” (Castells & Portes 1989, p.12).” (Informática, 2019) Lavado de Activos: El lavado de activos es un delito autónomo tipificado en sus distintas modalidades en los artículos del 1, 2, 3 y 4 del Decreto Legislativo N° 1106, Decreto Legislativo de lucha eficaz contra el lavado de activos y otros delitos relacionados a la minería ilegal y crimen organizado. Es el proceso por el cual se busca introducir, en la estructura económica y financiera de un país, recursos (dinero, bienes, efectos o ganancias) provenientes de actividades ilícitas (delitos precedentes), con la finalidad de darles apariencia de legalidad. Son delitos precedentes del delito del lavado de activos, los delitos contra la administración pública, https://www.gafilat.org/index.php/en/espanol/11-inicio/gafilat/quienes-somos/21-el-organismo-internacional#:~:text=El%20Grupo%20de%20Acci%C3%B3n%20Financiera,de%20la%20proliferaci%C3%B3n%20de%20armas https://www.gafilat.org/index.php/en/espanol/11-inicio/gafilat/quienes-somos/21-el-organismo-internacional#:~:text=El%20Grupo%20de%20Acci%C3%B3n%20Financiera,de%20la%20proliferaci%C3%B3n%20de%20armas XXIV tráfico ilícito de drogas, terrorismo, minería ilegal, trata de personas, tráfico de migrantes, tráfico de armas, secuestro, proxenetismo, delitos tributarios, extorsión, robo, delitos aduaneros u otro que genere ganancias ilegales (excepto el artículo 194 del Código Penal). A través del lavado de activos, se pretende hacer parecer como legítimo, los fondos o activos obtenidos a través de actividades ilícitas e integrarlos o introducirlos al sistema económico-financiero. Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, SBS (2022). Nociones básicas del sistema contra LAFT. Recuperado de: https://www.sbs.gob.pe/prevencion-de-lavado-activos/Nociones-basicas-del-sistema- contra- LAFT#:~:text=Lavado%20de%20Activos%20(LA)&text=En%20t%C3%A9rminos%20s encillos%2C%20es%20el,de%20darles%20apariencia%20de%20legalidad. LA/FT: Lavado de activos y de Financiamiento del Terrorismo. Manual para la Prevención del Lavado de Activos y del Financiamiento del Terrorismo: Contiene las políticas, mecanismos y procedimientos establecidos para el cumplimiento del sistema de prevención del lavado de activos y del financiamiento del terrorismo; y la gestión de riesgos de LA/FT. Superintendencia de Banca, Seguros y AFP. (2018). Norma para la prevención del lavado de activos y del financiamiento del terrorismo aplicable a los sujetos obligados bajo supervisión de la UIF-Perú, en materia de prevención del lavado de activos y del financiamiento del terrorismo. (Resolución SBS N° 789-2018). Lima, Perú. El peruano. Oficial de Cumplimiento: El oficial de cumplimiento es la persona natural designada por el sujeto obligado, responsable de vigilar la adecuada implementación y funcionamiento del SPLAFT, de acuerdo con las funciones que le corresponden según la Ley N°27693, el reglamento de dicha ley y las que se desarrollen en las normas sectoriales. Es la persona de contacto del sujeto obligado con el organismo supervisor y la UIF-Perú, y un agente en el cual se apoya el organismo supervisor para el ejercicio de la labor de supervisión del mencionado sistema. Los sujetos obligados que sean personas naturales puede ser su propio oficial de cumplimiento. Superintendencia de Banca, Seguros y AFP. (2018). Norma para la prevención del lavado de activos y del financiamiento del terrorismo https://www.sbs.gob.pe/prevencion-de-lavado-activos/Nociones-basicas-del-sistema-contra-LAFT#:~:text=Lavado%20de%20Activos%20(LA)&text=En%20t%C3%A9rminos%20sencillos%2C%20es%20el,de%20darles%20apariencia%20de%20legalidad https://www.sbs.gob.pe/prevencion-de-lavado-activos/Nociones-basicas-del-sistema-contra-LAFT#:~:text=Lavado%20de%20Activos%20(LA)&text=En%20t%C3%A9rminos%20sencillos%2C%20es%20el,de%20darles%20apariencia%20de%20legalidad https://www.sbs.gob.pe/prevencion-de-lavado-activos/Nociones-basicas-del-sistema-contra-LAFT#:~:text=Lavado%20de%20Activos%20(LA)&text=En%20t%C3%A9rminos%20sencillos%2C%20es%20el,de%20darles%20apariencia%20de%20legalidad https://www.sbs.gob.pe/prevencion-de-lavado-activos/Nociones-basicas-del-sistema-contra-LAFT#:~:text=Lavado%20de%20Activos%20(LA)&text=En%20t%C3%A9rminos%20sencillos%2C%20es%20el,de%20darles%20apariencia%20de%20legalidad XXV aplicable a los sujetos obligados bajo supervisión de la UIF-Perú, en materia de prevención del lavado de activos y del financiamiento del terrorismo. (Resolución SBS N° 789-2018). Lima, Perú. El peruano. Operaciones inusuales: Operaciones realizadas o que se hayan intentado realizar, cuya cuantía, características y periodicidad no guardan relación con la actividad económica del cliente, salen de los parámetros de normalidad vigentes en el mercado o no tienen un fundamento legal evidente. Superintendencia de Banca, Seguros y AFP. (2018). Norma para la prevención del lavado de activos y del financiamiento del terrorismo aplicable a los sujetos obligados bajo supervisión de la UIF-Perú, en materia de prevención del lavado de activos y del financiamiento del terrorismo. (Resolución SBS N° 789-2018). Lima, Perú. El peruano. Operaciones sospechosas: Operaciones realizadas o que se hayan intentado realizar, cuya cuantía o características no guardan relación con la actividad económica del cliente, o que no cuentan con fundamento económico; o que por su número, cantidades transadas o las características particulares de estas, puedan conducir razonablemente a sospechar que se está utilizando al sujeto obligado para transferir, manejar, aprovechar o invertir recursos provenientes de actividades delictivas o destinados a su financiación. Superintendencia de Banca, Seguros y AFP. (2018). Norma para la prevención del lavado de activos y del financiamiento del terrorismo aplicable a los sujetos obligados bajo supervisión de la UIF-Perú, en materia de prevención del lavado de activos y del financiamiento del terrorismo. (Resolución SBS N° 789-2018). Lima, Perú. El peruano. Política Nacional contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo: La Política Nacional fue elaborada sobre la base de: (i) las Recomendaciones del GAFI, (ii) Evaluación Nacional de Riesgos LA/FT, Evaluaciones Sectoriales y (iii) del Informe Final sobre la Implementación de las Medidas y Acciones para el Cumplimiento de las 40 Recomendaciones del GAFI. Luego de un proceso participativo interinstitucional, orienta la actuación del Estado para contrarrestar el fenómeno criminal del LA/FT que afecta al país, fijando el propósito que se busca alcanzar, los ámbitos prioritarios en que debe XXVI focalizar su intervención, las entidades que requieren asumir un rol, así como el conjunto de lineamientos que guían su actuación para alcanzar el propósito y los estándares de obligatorio cumplimiento. Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, SBS (2022). Política y Plan CONTRALAFT. Recuperado de: https://www.sbs.gob.pe/Portals/5/jer/LIST_INTERES/files/P%C3%B3litica_Plan_CONT RALAFT.pdf Procedimiento Administrativo Sancionador (PAS): Procedimientos administrativos iniciados a los sujetos obligados supervisados por la UIF-Perú, en el ejercicio de su potestad sancionadora atribuida a la SBS, a través de la UIF-Perú, en materia de prevención del lavado de activos y del financiamiento del terrorismo, ante la existencia de indicios suficientes que podrían determinar la comisión de una infracción administrativa en dicha materia. De acuerdo a la normativa vigente, las sanciones son impuestas en primera instancia por la UIF-Perú y en segunda y última instancia administrativa por el Superintendente. Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, SBS (2022). Glosario. Recuperado de: https://www.sbs.gob.pe/prevencion-de-lavado-activos/glosario Recomendaciones del GAFI: Las 40 Recomendaciones del GAFI son el estándar internacional que los países deben implementar para combatir el LA/FT, así como también el financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva. Estas Recomendaciones establecen medidas esenciales que los países deben implementar para: identificar los riesgos, desarrollar políticas y coordinar a nivel local; luchar contra el LA/FT y el financiamiento de la proliferación; aplicar medidas preventivas para el sector financiero y otros sectores designados; establecer poderes y responsabilidades de las autoridades investigativas, de orden público y de supervisión, y otras medidas institucionales; mejorar la transparencia y la disponibilidad de la información de titularidad de beneficio de las personas y estructuras jurídicas; y facilitar la cooperación internacional. Grupo de Acción Financiera de Latinoamérica -GAFILAT. (2022). Las 40 Recomendaciones. Recuperado de: https://www.gafilat.org/index.php/es/las-40- recomendaciones https://www.sbs.gob.pe/Portals/5/jer/LIST_INTERES/files/P%C3%B3litica_Plan_CONTRALAFT.pdf https://www.sbs.gob.pe/Portals/5/jer/LIST_INTERES/files/P%C3%B3litica_Plan_CONTRALAFT.pdf https://www.sbs.gob.pe/prevencion-de-lavado-activos/glosario https://www.gafilat.org/index.php/es/las-40-recomendaciones https://www.gafilat.org/index.php/es/las-40-recomendaciones XXVII Regulación Prudencial: Se refiere al marco normativo base y necesario que deben de cumplir las empresas del sistema financiero para constituirse, operar y/o realizar su actividad; un claro ejemplo de ello son los Bancos, Cajas Municipales, Empresas Financieras, Cooperativas de Ahorro, entre otros, quienes para poder funcionar deben de cumplir con las estipulaciones señaladas en la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros; tales como, forma societaria, denominación social, recabación de autorizaciones de organización y funcionamiento, capital mínimo, estatuto social conforme disposiciones de la Ley Nº 26702. Asimismo, dicho marco legal tiene como objetivo principal garantizar el cumplimiento de los principios de estabilidad y eficiencia, estableciendo límites y restricciones al comportamiento de las instituciones que realizan intermediación financiera y, a la vez, suministra una protección razonable a los agentes que participan, garantizando la estabilidad del sistema o mercado financiero. (Chaves y González – Vega, 1992), (González D. y Parga A. 2017, p.6). Reporte de Operaciones Sospechosas (ROS): Documento elaborado y comunicado por el sujeto obligado o por un organismo supervisor a la UIF-Perú, cuando se detecten indicios de lavado de activos o del financiamiento del terrorismo. El ROS es un documento de trabajo reservado únicamente para el uso de la UIF-Perú en el inicio del tratamiento y análisis de la información contenida en dichos reportes y que luego del análisis e investigación respectiva, se tramitará al Ministerio Público en los casos en que se presuma haya vinculación con actividades de lavado de activos y/o del financiamiento del terrorismo. Superintendencia de Banca, Seguros y AFP. (2018). Norma para la prevención del lavado de activos y del financiamiento del terrorismo aplicable a los sujetos obligados bajo supervisión de la UIF-Perú, en materia de prevención del lavado de activos y del financiamiento del terrorismo. (Resolución SBS N° 789-2018). Lima, Perú. El Peruano. XXVIII Riesgos de Lavado de activos y del Financiamiento del Terrorismo: Exposición o posibilidad de que el sujeto obligado sea utilizado para fines de lavado de activos y del financiamiento del terrorismo (LA/FT), a través de sus clientes, productos y servicios, canales de distribución o su ubicación geográfica, entre otros factores de riesgo, luego de considerar la aplicación de las políticas, controles y procedimientos de prevención de LA/FT. Esta definición no comprende el riesgo de reputación y operacional. Superintendencia del Mercado de Valores – SMV. (2013). Normas para la Prevención del Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo. Resolución de Superintendente Nº 073-2018-SMV-02 Lima, Perú. El Peruano SBS: Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones. Sujeto Obligado: Entidad pública, persona jurídica o natural obligada a informar a la UIF-Perú, señaladas en el artículo 3 de la Ley N° 29038. Sistema de prevención del lavado de activos y del financiamiento del terrorismo: Está conformado por las políticas y los procedimientos establecidos por el sujeto obligado a informar, de acuerdo con las normas en materia de prevención de lavado de activos y de financiamiento del terrorismo, considerando para ello las medidas que establezca el propio sujeto obligado a informar, en consideración a los factores de riesgo del LA/FT, así como por los procedimientos y controles vinculados a la detección oportuna y reporte de operaciones sospechosas, con la finalidad de evitar que el sujeto obligado a informar o los productos o servicios que presta sean utilizados con fines vinculados con el lavado de activos y el financiamiento del terrorismo. Superintendencia de Banca, Seguros y AFP. (2018). Norma para la prevención del lavado de activos y del financiamiento del terrorismo aplicable a los sujetos obligados bajo supervisión de la UIF-Perú, en materia de prevención del lavado de activos y del financiamiento del terrorismo. (Resolución SBS N° 789-2018). Lima, Perú. El Peruano. SPLAFT: Sistema de Prevención de Lavado de Activos y del Financiamiento del Terrorismo. XXIX UIF-Perú: Unidad Especializada de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones encargada de recibir, analizar y transmitir información para la detección del Lavado de Activos y/o del Financiamiento del Terrorismo; así como, coadyuvar a la implementación por parte de los Sujetos Obligados del Sistema de prevención para detectar y reportar operaciones sospechosas de Lavado de Activos y/o Financiamiento del Terrorismo. Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, SBS (2022). Unidad de Inteligencia Financiera del Perú. Recuperado de: https://www.sbs.gob.pe/prevencion-de-lavado-activos/resena-de-la-unidad-de- inteligencia-financiera-del-peru RESUMEN EJECUTIVO La presente investigación se realizó por deseo de los autores a efectos de tener certeza sobre la manera en que la ausencia de una regulación prudencial para las casas de cambio, entendida como aquella regulación o marco normativo necesario para que puedan constituirse, funcionar y operar, puede afectar a la formulación de su regulación en materia de Prevención de Lavado de Activos y de Financiamiento del Terrorismo y a su debido cumplimiento. En un primer momento se analizará lo referente al Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo, su naturaleza jurídica y marco legal, sus similitudes y diferencias, además de su tratamiento dentro del Sistema PLAFT. Luego de ello, pasamos a detallar lo relacionado a las personas naturales y jurídicas que se dedican a la compraventa de divisas, específicamente las casas de cambio, por lo que analizaremos la concepción que tiene el Perú en su marco normativo, el procedimiento de registro, sus requisitos y exigencias mínimas para operar, impedimentos, entre otras. Como contraste a lo investigado, a través de un benchmarking internacional, comparamos la realidad peruana https://www.sbs.gob.pe/prevencion-de-lavado-activos/resena-de-la-unidad-de-inteligencia-financiera-del-peru https://www.sbs.gob.pe/prevencion-de-lavado-activos/resena-de-la-unidad-de-inteligencia-financiera-del-peru XXX con experiencias actuales que se viven en países de América Latina entre los que encontramos a Argentina, México, Costa Rica, Chile y Colombia, obteniendo información valiosa sobre el tratamiento normativa de las casas de cambio y el rol que cumple el órgano encargado de regular la implementación de los Sistemas de Prevención de Prevención de Lavado, sus riesgos, objetivos y logros alcanzados. Avanzando en la investigación, analizamos la situación actual de la realidad peruana, en términos geográficos, socioeconómicos e institucionales, junto con las evaluaciones realizadas por entidades nacionales como la SBS y organismos internacionales como el GAFILAT, donde se nos presenta un panorama en el que ciertas características como el elevado uso del efectivo en las transacciones diarias de la población o el alto porcentaje de informalidad presente en las actividades económicas del país, generan riesgos que afectan directamente al Sistema PLAFT. Como producto de ello, se explica con detalle sobre la importancia que debe existir en cuanto a la regulación especial de las casas de cambio, teniendo en cuenta criterios fundamentales como el riesgo que supone para el Sistema PLAFT y sus amenazas directas, como son: cultivos de coca (narcotráfico), remanentes de grupos terroristas como Sendero Luminoso, incidencia de casos de corrupción, así como el aumento de delitos como minería y tala ilegales, sicariato, extorsiones, entre otros. Por otro lado, para el desarrollo de la presente tesis se utilizó la metodología cualitativa, la cual se enmarca en el paradigma interpretativo. En ese sentido, se hizo uso de la entrevista a profundidad como técnica de recolección de información, para cuyo fin contamos con la participación de siete profesionales expertos en el sector y con un perfil de reconocida trayectoria, tanto nacional como internacional. Dicha entrevista se enmarcó, de lo general hacia lo específico, en el sector de compraventa de divisas y su regulación dentro del Sistema de Prevención de Lavado de Activos y Financiamiento al Terrorismo. De esta manera, como parte de los testimonios se pudieron identificar posiciones acerca de: la utilidad de los protocolos y exigencias para las casas de cambio en el Perú; la funcionalidad del marco normativo que regula el sector; la posibilidad de tener que considerar la regulación como una barrera de entrada y/o salida al sector; la existencia o no de una regulación prudencial para las casas de cambio o una regulación XXXI uniforme para dicho sector y, del funcionamiento y el marco normativo del sector en otros países de América Latina y la posibilidad de aprender de dichas experiencias. El análisis de los datos se realizó de manera individual y transversal, en primer lugar, analizando cada uno de los testimonios de los entrevistados con la intención de alcanzar una validez y confiabilidad acorde con la investigación realizada, y en segundo lugar, se realizó el contraste de dichos testimonios, con los aspectos teóricos y técnicos recogidos en el marco teórico de la presente tesis. Finalmente, exponemos con detalle, conclusiones y recomendaciones que nacen producto del esfuerzo en la investigación y la especial puesta de atención en los siguientes puntos: (i) la necesidad de comprender cómo las amenazas afectan al Sistema PLAFT para concientizar al Estado peruano en priorizar la dotación de recursos en las acciones y políticas de supervisión respectivas; (ii) la uniformidad de la regulación para algunos sectores obligados, no permite realizar una supervisión adecuada para las casas de cambio, por lo que es necesario contar con parámetros especiales que diferencien esta actividad de las demás, con criterios como el riesgo geográfico, número de trabajadores, número de operaciones; (iii) no existe una diferenciación en la regulación para casas de cambio que operan de forma virtual y presencial, teniendo en cuenta que el alto uso de efectivo ha sido identificado como una importante vulnerabilidad al Sistema PLAFT; (iv) la facultad de la SBS de cerrar locales de casas de cambio que realicen actividad sin estar registrada en el REGIS no se viene cumpliendo; (v) se genera un incentivo perverso al tener una regulación que solo supervisa la implementación del Sistema PLAFT en las personas naturales y jurídicas que se dedican a la compraventa de divisas que estén registradas en el Registro de Empresas y Personas que efectúan Operaciones de Cambio de Moneda, por lo que muchas deciden no registrarse y evaden la fiscalización respectiva. Dicha realidad se recomienda superar con “candados” que prioricen el Registro adecuado para quienes pretendan implementar casas de cambio. (vi) Como última conclusión, respondemos una importante cuestión planteada para el desarrollo de la presente investigación: la ausencia de una regulación prudencial para el sector de compraventa de divisas, específicamente, las casas de cambio, sí afecta a la regulación y supervisión general en materia de Prevención de Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo, XXXII por lo que se recomienda el Estado peruano, de manera conjunta, aprobar una regulación prudencial que priorice requisitos tales como: capital social mínimo, demostrar origen del capital social, acreditación de la idoneidad técnica y moral de los dueños o accionistas, entre otros. Palabras Claves: Barreras de entrada, compraventa de divisas, casas de cambio, lavado de activos, financiamiento del terrorismo, marco normativo prudencial, protocolos existentes. ABSTRAC The present research was carried out considering as general objective; to show the way in which the absence of prudential regulation, a constitutive regulatory framework, for natural and legal persons engaged in the purchase and sale of foreign currency affects the formulation of the regulation on the Prevention of Money Laundering and Financing of Terrorism and its compliance. At first, it will be analyzed what refers to Money Laundering and the Financing of Terrorism, its legal nature and legal framework, its similarities and differences, in addition to its treatment within the PLAFT System. After that, we will detail what is related to the natural and legal persons who are dedicated to the sale of foreign currency, with special emphasis on exchange houses, for which we will analyze the conception that Peru has in its regulatory framework, the procedure registration, its requirements and minimum requirements to operate, impediments, among others. In contrast to what was XXXIII investigated, through an international benchmarking, we compare the Peruvian reality with current experiences that are lived in Latin American countries, among which we find Argentina, Mexico, Costa Rica, Chile and Colombia, obtaining valuable information on the treatment regulations of exchange houses and the role played by the body in charge of regulating the implementation of Money Laundering Prevention Systems, its risks, objectives and achievements. Advancing in the investigation, we analyze the current situation of the Peruvian reality, in geographical, socioeconomic and institutional terms, together with the evaluations carried out by national entities such as the SBS and international organizations such as GAFILAT, where we are presented with a panorama in which certain Characteristics such as the high use of cash in the daily transactions of the population or the high percentage of informality present in the economic activities of the country, generate risks that directly affect the PLAFT System. As a result of this, it is explained in detail about the importance that should exist in terms of the special regulation of exchange houses within the foreign exchange trading sector, taking into account fundamental criteria such as the risk that it implies for the PLAFT System and its direct threats, such as: coca crops (drug trafficking), remnants of terrorist groups such as Sendero Luminoso, incidence of corruption cases, as well as the increase in crimes such as illegal mining and logging, contract killings, extortion, among others. On the other hand, for the development of this thesis, the qualitative methodology was used, which is part of the interpretive paradigm. In this sense, the in-depth interview was used as a data collection technique, for which purpose we had the participation of seven expert professionals in the sector and with a profile of recognized trajectory, both nationally and internationally. Said interview was framed, from the general to the specific, in the currency trading sector and its regulation within the System for the Prevention of Asset Laundering and Financing of Terrorism. In this way, as part of the testimonies, positions could be identified about: the usefulness of the protocols and requirements for exchange houses in Peru; the functionality of the regulatory framework that regulates the sector; the possibility of considering regulation as a barrier to entry and/or exit to the sector; the existence or not of a prudential regulation for exchange XXXIV houses or a uniform regulation for the foreign exchange trading sector; and, the operation and regulatory framework of the sector in other Latin American countries and the possibility of learning from said experiences. The analysis of the data was carried out individually and cross-sectionally, firstly, analyzing each of the testimonies of the interviewees with the intention of achieving validity and reliability in accordance with the research carried out, and secondly, the contrast was made. of these testimonies, with the theoretical and technical aspects collected in the theoretical framework of this thesis. Finally, we present in detail, conclusions and recommendations that are the product of the research effort and the special attention paid to the following points: (i) the need to understand how threats affect the PLAFT System to make the Peruvian State aware of prioritizing the provision of resources in the respective supervision actions and policies; (ii) the uniformity of the regulation for some obligated sectors does not allow adequate supervision for exchange houses, for which it is necessary to have special parameters that differentiate this activity from the others, with criteria such as geographic risk, number of workers, number of operations; (iii) there is no differentiation in the regulation for exchange houses that operate virtually and face-to-face, taking into account that the high use of cash has been identified as an important vulnerability to the PLAFT System; (iv) the power of the SBS to close the premises of exchange houses that carry out activities without being registered in the REGIS, has not been fulfilled due to lack of resources, which can be managed through agreements with SUNAT (to identify those not registered) and with some municipalities (to have the necessary human resources); (v) a perverse incentive is generated by having a regulation that only supervises the implementation of the PLAFT System in natural and legal persons engaged in the sale of foreign currency that are registered in the Registry of Companies and Persons that carry out Foreign Exchange Operations Currency, for which many decide not to register and evade the respective control. It is recommended to overcome this reality with "padlocks" that prioritize the appropriate Registry for those who intend to implement exchange houses. (vi) As a final conclusion, we answer an important question raised for the development of this investigation: the absence of a prudential regulation for the foreign XXXV exchange trading sector, especially, the exchange houses, does affect the general regulation and supervision in matters of Prevention of Money Laundering and Financing of Terrorism, for which the Peruvian State is recommended, jointly, to approve a prudential regulation that prioritizes requirements such as: minimum share capital, demonstrate origin of share capital, accreditation of suitability technical and moral of the owners or shareholders, among others. Key words: Entry barriers, foreign exchange trading, money laundering, illicit financing of terrorism, prudential regulatory framework, existing protocols. 1 INTRODUCCIÓN El delito de lavado de activos y de financiamiento del terrorismo son delitos que perjudican gravemente a la sociedad. Por su parte el lavado de activos entre otros efectos nocivos, termina corrompiendo a la sociedad y a las entidades del Estado, aumentando la criminalidad y debilitando el sistema financiero, por ello es necesario poder combatirlo y prevenirlo para salvaguardar a la población y la economía. En cuanto al financiamiento del terrorismo es irrefutable el daño que puede causar a una sociedad si una actividad terrorista se lleva a cabo, pues se daña la paz, la tranquilidad, la seguridad, la salud física y mental, los sistemas financieros y la economía. Por ello, diversos organismos internacionales, como el GAFI, recomiendan la adopción de estándares internacionales para luchar y prevenir contra el lavado de activos y el financiamiento del terrorismo. En ese sentido, para tener una idea sobre el alcance de los delitos de lavado de activos y financiamiento del terrorismo en el Perú, la presente tesis explicará lo que teóricamente representa cada uno y lo que establece el marco normativo nacional. De manera general, el lavado de activos se encuentra tipificado en el Decreto Legislativo N°1106, el cual lo define como el proceso de disfrazar u ocultar el origen ilícito de dinero, bienes, efectos o ganancias que provienen de otros delitos, como la corrupción, tráfico ilícito de drogas, tráfico de personas, secuestro, proxenetismo, delitos tributarios, secuestro, robo, etc. Por su parte, el financiamiento del terrorismo se encuentra tipificado como un delito autónomo conforme el Decreto Legislativo N° 25475, el cual consiste en la provisión, aporte o recolección de fondos, recursos financieros o económicos o servicios financieros o servicios conexos para cometer actos terroristas. En ambos casos, su detección, control, sanción y prevención se considera por parte del estado peruano como una prioridad, por tanto, en la medida que las personas naturales y jurídicas que se dedican a determinadas actividades económicas vulnerables al lavado de activos y al financiamiento del terrorismo, tales como: bancos, cajas municipales y rurales, aseguradoras, empresas mineras, empresas de préstamo y/o 2 empeño, constructoras, inmobiliarias, compraventa de divisas, entre otras, el Estado tiene como objetivo velar para que estas implementen de manera eficiente sus sistemas de prevención de lavado de activos y de financiamiento del terrorismo a efectos de evitar que sean utilizadas para lavar activos o financiar al terrorismo. Asimismo, el Estado peruano, en concordancia con los acuerdos internacionales de lucha contra el lavado de activos y el financiamiento del terrorismo, de los cuales es signatario, ha creado las instituciones y los procedimientos necesarios a fin de contar con las leyes pertinentes para su actuación en este campo. De esta manera, ha aprobado la regulación relacionada al delito de lavado de activos y de financiamiento del terrorismo. Asimismo, por Ley Nº 27693, del 21 de marzo del 2002, se creó la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú, también denominada UIF-Perú, siendo la encargada de recibir, analizar, tratar, evaluar y transmitir información para la detección del lavado de activos y/o del financiamiento del terrorismo; así como, de coadyuvar a la implementación por parte de los sujetos obligados del sistema de prevención para detectar operaciones sospechosas de lavado de activos y/o financiamiento del terrorismo1. Es importante señalar que cada empresa adopta un determinado procedimiento para ofrecer sus productos y servicios al público. El conocimiento de estas formas de operar por parte de las organizaciones criminales, aun cuando sea complejo y propio de cada empresa, puede ser útil para los fines de lavado de activos en tanto las empresas no cuenten con procedimientos sólidos que permitan prevenir ser utilizadas por los lavadores para lavar los activos obtenidos de manera ilícita, así como detectar aquellas operaciones sospechosas con la finalidad de reportarlas ante la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú. 1 Dicha Unidad fue incorporada a la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones mediante la Ley N º 29038 del 11 de junio del 2007. 3 Por otro lado, el Perú en reconocimiento de las recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional - GAFI2 ha aprobado normas relacionadas a los Sistemas de Prevención de Lavado de Activos y de Financiamiento del Terrorismo las cuales deben ser implementadas por los sectores económicos señalados en la Ley N° 27693. Entre los sectores se pueden diferenciar aquellos que cuentan con un organismo regulador propio y que, por tanto, cuentan con regulación prudencial, tales como: bancos, las sociedades administradoras de fondos mutuos, fondos de inversión, casinos, tragamonedas, agentes de aduana, entre otros: y aquellos sectores que no cuentan con un organismo supervisor propio y que, por tanto, no cuentan con regulación prudencial, tales como: constructoras, inmobiliarias, compraventa de vehículos, préstamo y/o empeño, compraventa de divisas, entre otros. Considerando que existen más de 70 sectores económicos que tienen la obligación de implementar el Sistema de Prevención de Lavado de Activos y de Financiamiento del Terrorismo, para efectos de la presente investigación se vio por conveniente delimitar el estudio a un sector económico específico, seguidamente que dicho sector no cuente con regulación prudencial, que el sector seleccionado cuente con una norma sectorial en materia de Prevención de Lavado de Activos y de Financiamiento del Terrorismo; asimismo, se encuentre bajo el ámbito de la supervisión de la UIF, que pertenezca al sector financiero; finalmente que el sector haya sido identificado en estudios realizados como un sector vulnerable al riesgo de ser utilizado por los delincuentes para lavar el dinero obtenido ed forma ilícita. Por los considerandos anteriores, se seleccionó para la presente investigación al sector de compraventa de divisas ejecutado por personas naturales o por empresas, denominadas coloquialmente como “casas de cambio”: 2 El Grupo de Acción Financiera (GAFI) es un organismo intergubernamental cuyo propósito es el desarrollo y la promoción de políticas para combatir el LA/FT. El GAFI, además de proveer capacitación y emitir recomendaciones, realiza Evaluaciones Mutuas a sus miembros, seguimiento de las mismas, aplica sanciones y monitorea a los países con serias deficiencias en sus sistemas de prevención. Conforme se establece en: https://www.sbs.gob.pe/prevencion-de-lavado-activos/Sistema-de-Lucha-Contra-el-LA- FT/Organismos-Internacionales-que-rigen-el-Sistema-Nacional-contra-el-LA-FT/Grupo-de-Accion- Financiera-GAFI https://www.sbs.gob.pe/prevencion-de-lavado-activos/Sistema-de-Lucha-Contra-el-LA-FT/Organismos-Internacionales-que-rigen-el-Sistema-Nacional-contra-el-LA-FT/Grupo-de-Accion-Financiera-GAFI https://www.sbs.gob.pe/prevencion-de-lavado-activos/Sistema-de-Lucha-Contra-el-LA-FT/Organismos-Internacionales-que-rigen-el-Sistema-Nacional-contra-el-LA-FT/Grupo-de-Accion-Financiera-GAFI https://www.sbs.gob.pe/prevencion-de-lavado-activos/Sistema-de-Lucha-Contra-el-LA-FT/Organismos-Internacionales-que-rigen-el-Sistema-Nacional-contra-el-LA-FT/Grupo-de-Accion-Financiera-GAFI 4 Es en función de lo anteriormente expuesto que es necesario poder contar con un marco normativo sólido que contribuya a que las casas de cambio elaboren e implementen protocolos eficientes con un enfoque basado en riesgos para que puedan ofrecer sus productos y servicios sin ser utilizados por los criminales para lavar activos o, en su defecto, para que puedan identificar señales de alerta que puedan servir para la detección de operaciones sospechosas. Todo ello es sumamente importante para las empresas en términos reputacionales, dado que pueden ofrecer a sus clientes la seguridad de saber que están realizando operaciones con empresas que cuentan con sistemas de prevención de lavado de activos y de financiamiento del terrorismo debidamente implementados. 5 CAPÍTULO 1. PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA 1.1. Descripción de la realidad problemática 1.1.1. Formulación del problema En el Perú existen actividades económicas que no necesitan autorización previa de algún organismo del estado para poder operar, a diferencia de algunas otras actividades como por ejemplo las que realizan las empresas del sistema financiero. Las empresas del sistema financiero, conforme a lo dispuesto Ley N° 26702, necesitan autorización previa de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP para poder iniciar sus operaciones, para ello se evalúa que cumplan con una serie de requisitos, como por ejemplo: para su funcionamiento se requiere que el capital social aportado en efectivo alcance determinadas cantidades mínimas señaladas en la Ley, se establece impedimentos para ser el organizador, así como requisitos e impedimentos para poder ser accionista y director, entre otros. Considerando que para efectos del presente trabajo de investigación nos ceñiremos al estudio de las casas de cambio, es preciso mencionar que para este sector sólo existe un registro regulado mediante Resolución SBS N° 6338-2012, el cual es único y obligatorio. Dicho Registro es administrado por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP su antecedente es la Quinta Disposición Complementaria, Transitoria y Final de la Ley N° 27693, incorporada por el Decreto Legislativo de Lucha Eficaz contra el Lavado de Activos y otros delitos relacionados a la minería ilegal y crimen organizado, Decreto Legislativo N° 1106. Cabe señalar que el hecho de que el registro sea administrado por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, no significa que esta institución -luego de haber evaluado requisitos similares a los que se evalúa para las empresas del sistema financiero- haya emitido una autorización previa para operar. La ausencia de esta regulación, denominada comúnmente como regulación prudencial, para las personas naturales y jurídicas dedicadas a la compraventa de divisas 6 ha sido identificada en la Evaluación Nacional de Riesgos (ENR) como un riesgo alto de lavado de activos y de financiamiento del terrorismo del Perú. Al respecto, la ENR ha concluido lo siguiente: “Las personas físicas y jurídicas que se dediquen a este tipo de actividades tienen la consideración de sujetos obligados, correspondiendo su supervisión en materia lavado de activos y/o financiación del terrorismo a la UIF. Igualmente, estos operadores están obligados a inscribirse en el denominado Registro de Empresas y Personas una vez que han obtenido la correspondiente licencia municipal. La documentación que se les pide para ello es meramente administrativa, sin que se realice una verificación previa de su idoneidad ni precisen de autorización para el inicio de su actividad. Por ello, es perfectamente posible que haya operadores que realicen esta actividad sin que estén inscritos en el citado Registro. En esta línea, es preciso señalar que estos sectores carecen de regulación prudencial, por lo que el control sobre su actividad, más allá del referido al lavado de activos y/o financiación del terrorismo, es nulo”. Del mismo modo, cabe señalar que la recomendación N° 26 de las 40 Recomendaciones del GAFI3, relacionada a la regulación y supervisión de las instituciones financieras, señala lo siguiente: “Los países deben asegurar que las instituciones financieras estén sujetas a una regulación y supervisión adecuadas y que implementen eficazmente las Recomendaciones del GAFI. Las autoridades competentes deben tomar las medidas legales o normativas necesarias para prevenir que los criminales o sus cómplices tengan, o sean el beneficiario final de, o que tengan una participación significativa o mayoritaria en, o que ostenten una función administrativa en una institución financiera. Los países no deben aprobar el establecimiento u operación continuada de bancos pantalla. 3 El Grupo de Acción Financiera Internacional. 7 En el caso de las instituciones financieras sujetas a los Principios Centrales, las medidas de regulación y supervisión que se aplican para propósitos prudenciales y que son relevantes también para el lavado de activos y el financiamiento del terrorismo, deben aplicarse de una forma similar para propósitos ALA/CFT. Esto debe incluir la aplicación de una supervisión de grupo consolidada para propósitos ALA/CFT. Las demás instituciones financieras deben recibir licencia o ser registradas y reguladas apropiadamente, y estar sujetas a la supervisión o vigilancia para propósitos Anti Lavado de Activos y Contra el Financiamiento al Terrorismo ALA/CFT, teniendo en cuenta el riesgo de lavado de activos o de financiamiento del terrorismo en ese sector. Como mínimo, los negocios que presten un servicio de transferencia de dinero o valores, o de cambio de dinero o moneda, deben recibir licencia o ser registrados, y estar sujetos a sistemas eficaces de monitoreo y asegurar el cumplimiento con los requisitos nacionales ALA/CFT”. (el subrayado es nuestro) En relación a la actividad de compraventa de divisas es preciso considerar además lo señalado por el Grupo de Acción Financiera de Latinoamérica - GAFILAT (2019) en el Informe de Evaluación Mutua de la República del Perú4 la actividad de compraventa de divisas se realiza a través de diversas modalidades y entidades, incluyendo a instituciones financieras, casas de cambio, personas naturales que realizan la actividad en las calles y empresas que brindan el servicio por internet. En consideración al alto índice de informalidad en el país y la ausencia de regulación y de supervisión, existe incertidumbre sobre el número total de personas que realizan esta actividad a nivel nacional”. Como puede apreciarse la ausencia de regulación del sector es algo que viene siendo observado en diversos diagnósticos realizados a nuestro país. 4 Informe de Evaluación Mutua de Cuarta Ronda del Perú. https://www.gafilat.org/index.php/es/biblioteca- virtual/miembros/peru/evaluaciones-mutuas-14/3284-informe-de-evaluacion-mutua-del-peru/file https://www.gafilat.org/index.php/es/biblioteca-virtual/miembros/peru/evaluaciones-mutuas-14/3284-informe-de-evaluacion-mutua-del-peru/file https://www.gafilat.org/index.php/es/biblioteca-virtual/miembros/peru/evaluaciones-mutuas-14/3284-informe-de-evaluacion-mutua-del-peru/file https://www.gafilat.org/index.php/es/biblioteca-virtual/miembros/peru/evaluaciones-mutuas-14/3284-informe-de-evaluacion-mutua-del-peru/file 8 En relación a la regulación en materia de Prevención de Lavado de Activos y de Financiamiento del Terrorismo cabe indicar que el sector de compraventa de divisas (casas de cambio) tiene la obligación de implementar el Sistema de Prevención de Lavado de Activos y de Financiamiento del Terrorismo desde la Ley de creación de la UIF-Perú, sin embargo, es a partir de la Resolución SBS N° 6426-2015, la cual fue derogada mediante Resolución SBS N° 789-2018, que el sector tiene una regulación especial en dicha materia. El artículo 4 de la Resolución SBS N° 789-2018, señala que el Sistema de Prevención de Lavado de Activos y de Financiamiento del Terrorismo “está conformado por las políticas y los procedimientos establecidos por el sujeto obligado a informar, de acuerdo con la Ley, su Reglamento, esta Norma y demás disposiciones sobre la materia, considerando para ello las medidas que establezca el propio sujeto obligado a informar, en consideración a los factores de riesgo del LA/FT, así como por los procedimientos y controles vinculados a la detección oportuna y reporte de operaciones sospechosas, con la finalidad de evitar que el sujeto obligado a informar o los productos o servicios que presta sean utilizados con fines vinculados con el LA/FT; garantizando el deber de reserva indeterminado de la información relacionada con dicho sistema”. Asimismo, establece los aspectos que debe comprender el mencionado sistema los cuales son: 1. Aprobar las políticas y procedimientos para la gestión de los riesgos LA/FT. 2. Designar un Oficial de Cumplimiento de acuerdo a las características, responsabilidades y atribuciones que la normativa vigente establece y comunicarlo a la UIF-Perú. 3. Aprobar las políticas y procedimientos para la gestión de los riesgos de LA/FT. 4. Aprobar, implementar, aplicar actualizar y conservar el Manual de prevención y gestión de los riesgos de LA/FT. 5. Aprobar, implementar, aplicar actualizar y conservar el Código de Conducta. 6. Aprobar las políticas de debida diligencia en el conocimiento del cliente, de directores y trabajadores. 7. Aprobar procedimientos para prevenir y detectar operaciones inusuales, así como contar con un registro de dichas operaciones. 8. Aprobar procedimientos para prevenir, detectar y comunicar a la UIF-Perú en el plazo establecido, las operaciones sospechosas que estén presuntamente vinculadas al LA/FT, a través de un Reporte de Operación Sospechosa (ROS). 9 9. Contar con un Registro de Operaciones. 10. Emitir el informe Informes Anual del Oficial de Cumplimiento (IAOC) sobre la situación del sistema de prevención de LA/FT y su cumplimiento. 11. Capacitar a sus trabajadores en materia de prevención de LA/FT. 12. Implementar mecanismos de atención de los requerimientos de información que realice la UIF y las autoridades competentes. Del mismo modo, la citada Resolución establece que las personas naturales y jurídicas que realizan la actividad de compraventa de divisas (casas de cambio) deben identificar, evaluar y entender los riesgos de LA/FT que enfrentan y adoptar las medidas necesarias para mitigar esos riesgos; ello se debe a que, la gestión de los riesgos les permitirá aplicar procedimientos de carácter preventivo, de acuerdo a la naturaleza de los riesgos de LA/FT a los que se encuentran expuestas, de manera que sus recursos sean utilizados de manera más efectiva. Como mencionamos en un inicio, las personas naturales y jurídicas que se dedican a la compraventa de divisas (casas de cambio) no cuentan con una regulación prudencial por la cual tengan la obligación de contar con una autorización previa por parte del estado para poder realizar dicha actividad económica, a pesar de que la falta de regulación ha sido observada tanto en la Evaluación Nacional de Riesgos como en el Informe de Evaluación Mutua de la República del Perú realizado por GAFILAT. En ese sentido, la supervisión sobre su actividad es nula, únicamente existe supervisión del sector en materia de Prevención de Lavado de Activos y de Financiamiento del Terrorismo. En relación a la regulación en materia de Prevención de Lavado de Activos y de Financiamiento del Terrorismo se observa que ésta es aplicable a todas las personas naturales y jurídicas que se dedican a la actividad sin hacer una diferenciación en cuanto a la rigurosidad de las exigencias entre aquellas de mayor y de menor tamaño, entre aquellas cuyo volumen de operaciones sea mayor o menor, de acuerdo a la ubicación geográfica en donde realicen la actividad, y tampoco respecto de la modalidad a través de la cual realizan la actividad la cual puede ser presencial o virtual. De modo que, por un lado, tenemos un sector carente de regulación prudencial y por otro, tenemos que al mismo sector la regulación existente en materia de Prevención de 10 Lavado de Activos y de Financiamiento de Terrorismo le exige desde cuestiones simples tales como la designación de un Oficial de Cumplimiento hasta cuestiones complejas como la obligación de identificar, evaluar y entender los riesgos de LA/FT que enfrentan y adoptar las medidas necesarias para mitigar esos riesgos, así como desarrollar e implementar procedimientos de identificación y evaluación de los riesgos de LA/FT, tomando en cuenta los factores de riesgos de LA/FT a los que se encuentra expuesto. La pregunta entonces es ¿todas las personas naturales y jurídicas que se dedican a la compraventa de divisas (casas de cambio) están en las mismas condiciones para poder cumplir con las obligaciones establecidas en la regulación en materia de Prevención de Lavado de Activos y de Financiamiento de Terrorismo? 1.1.2. Problema general ¿De qué manera la ausencia de regulación prudencial para las personas naturales y jurídicas que se dedican a la compraventa de divisas, específicamente las casas de cambio, afecta a la formulación de la regulación en materia de Prevención de Lavado de Activos y de Financiamiento del Terrorismo y a su cumplimiento? 1.1.3. Problemas específicos 1.1.3.1. ¿De qué manera se puede regular en materia de Prevención de Lavado de Activos y de Financiamiento del Terrorismo, de manera más eficiente, al sector de personas naturales y jurídicas que se dedican a la compraventa de divisas, específicamente las casas de cambio? 1.1.3.2. ¿Cuáles son los riesgos de mantener una regulación uniforme en materia de Prevención de Lavado de Activos y de Financiamiento del Terrorismo para el universo de personas naturales y jurídicas que se dedican a la compraventa de divisas, específicamente las casas de cambio? 11 1.2. Objetivos de la Investigación 1.2.1. Objetivo general Mostrar la manera en que la ausencia de regulación prudencial para las personas naturales y jurídicas que se dedican a la compraventa de divisas, casas de cambio, puede afectar a la formulación de la regulación en materia de Prevención de Lavado de Activos y de Financiamiento del Terrorismo y a su cumplimiento. 1.2.2. Objetivos específicos Entre los principales objetivos específicos que la presente tesis propone desarrollar destacamos los siguientes: 1. Mostrar una forma a través de la cual se pueda hacer una regulación más eficiente en materia de Prevención de Lavado de Activos y de Financiamiento del Terrorismo, para el sector de personas naturales y jurídicas que se dedican a la compraventa de divisas, específicamente las casas de cambio. 2. Indicar los riesgos de mantener una regulación uniforme en materia de Prevención de Lavado de Activos y de Financiamiento del Terrorismo para el universo de personas naturales y jurídicas que se dedican a la compraventa de divisas, específicamente las casas de cambio. 1.3. Justificación e importancia de la investigación El presente trabajo de investigación se realiza con la finalidad de identificar y analizar la forma en la cual la ausencia de regulación prudencial para las personas naturales y jurídicas que se dedican a la compraventa de divisas, específicamente las casas de cambio, afecta a la formulación de la regulación en materia de Prevención de Lavado de Activos y de Financiamiento del Terrorismo y a su cumplimiento. La investigación es importante pues se pretende poder mostrar una forma a través de la cual se pueda hacer una regulación más eficiente en materia de Prevención de Lavado 12 de Activos y de Financiamiento del Terrorismo, p