Tejada Pinto, Roberto CarlosLudeña Soriano, Samuel Anderson2018-06-142018-06-142017https://hdl.handle.net/20.500.12640/1288El 26 de noviembre del 2016 se publicó en el Diario Oficial El Peruano el Decreto Legislativo 1249, mediante el cual se procedió a realizar modificaciones tanto el Marco Regulatorio, siendo una de las principales innovaciones la inclusión de los abogados como sujetos obligados a reportar y proporcionar la información respecto de sus clientes cuando por encargo de ellos o en representación de estos realizan determinadas operaciones de índole inmobiliario y financiero; adicional a ello, en la parte final del articulado, puso de forma expresa que: “La información que estos sujetos obligados proporcionan a la UIF-Perú se restringe a aquella que no se encuentra sujeta al secreto profesional”. Tema que reviste de interés para la investigación puesto que de ella dependerá hasta qué punto es aplicable la referida norma.application/pdfspaAtribución-NoComercial-SinDerivadas 2.5 Perúinfo:eu-repo/semantics/openAccessRegulaciónPolítica financieraAcceso a la informaciónProtección de datosInformación financieraAbogadosAnálisis de la aplicabilidad de la regulación e incorporación de los abogados como sujetos obligados a informar sobre operaciones de contraposición con el secreto profesionalinfo:eu-repo/semantics/masterThesishttps://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.02.04