1. Trabajos conducentes a grados y títulos

URI permanente para esta comunidadhttps://hdl.handle.net/20.500.12640/4150

Examinar

Resultados de la búsqueda

Mostrando 1 - 1 de 1
  • Miniatura
    ÍtemAcceso Abierto
    Informe sobre el expediente N° 31657-2012
    (Universidad ESAN, 2021) Ponce Huamaní, Paola Alejandra
    El presente informe, materia de sustentación, se encuentra enfocado en el análisis y evaluación de la desvinculación laboral de un trabajador; el cual asegura encontrarse bajo el supuesto de un despido arbitrario, toda vez que el empleador fundamenta el despido con una prueba que a su criterio debe declararse prohibida ya que fue obtenida transgrediendo su derecho fundamental a la intimidad, privacidad y reserva de comunicaciones; siendo la tarea, poder determinar si las causales de despido invocadas por la demandada son legítimas o no. Para tal fin, se ha contemplado tomar como punto de partida la facultad de fiscalización del empleador, para con el correo corporativo del demandante, esto ligado a la licitud de la prueba aportada por la demandada para acreditar el despido por causal establecida en el artículo 25 de la LPCL. Como segundo punto, se procede a evaluar la pertinencia de la aplicación del precedente vinculante del caso Serpost en el caso en concreto; toda vez que se considera que el caso en particular tiene aparente similitud; sin embargo, cuenta con diferencias remarcadas en los hechos fácticos, lo cual impide que el juzgado deba seguir el mismo criterio de análisis para tomar una decisión. Por último; al encontrarnos en un notable conflicto de derechos fundamentales, se ha visto la necesidad de deliberar, en el caso en particular, cual de estos debe tener mayor protección; en tal sentido, es pertinente realizar un test de ponderación de derechos, entre el derecho a la libertad que ostenta la demandada, para poder normar y establecer sus propios criterios autónomos de fiscalización laboral hacia sus trabajadores; y , por otro lado, el derecho la intimidad del demandante, el cual fue intervenido en su correo corporativo para obtener las pruebas que sustentan el despido.