Maestría en Finanzas y Derecho Corporativo
URI permanente para esta colecciónhttps://hdl.handle.net/20.500.12640/4170
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Ítem Acceso Abierto La aplicación de la Business Judgement Rule en la determinación de la responsabilidad de los directores de las sociedades BIC en el Perú(Universidad ESAN, 2024) Cusman Barriga, Gustavo Alejandro; Dominguez Valera, David Nicander; Muguruza Maguiña, Cesar EliasDurante los últimos años, las empresas han comenzado a adoptar un enfoque que prioriza el impacto positivo en la sociedad y el medio ambiente, dando paso al "capitalismo de los stakeholders". Este cambio ha llevado al surgimiento de las Public Benefit Corporations en Estados Unidos, un modelo que busca generar valor no solo para los inversionistas, sino también para todos los interesados. En Perú, este concepto se formalizó con la Ley No. 31072, Ley de la Sociedad de Beneficio e Interés Colectivo (Sociedad BIC), promulgada el 24 de noviembre de 2020. Dentro de esta ley se amplío los deberes de los directores, quienes ahora deben considerar las consecuencias de sus acciones para los accionistas, empleados, comunidad y medio ambiente, así como las expectativas a largo plazo. Esto puede llevar a conflictos, ya que los directores podrían ser demandados por no lograr resultados económicos esperados. Para abordar esta problemática, se propone evaluar la Business Judgment Rule, una herramienta legal estadounidense que presume que los directores actúan con diligencia en sus decisiones. Esta regla podría ofrecer mayor seguridad a los administradores de empresas BIC en Perú, asegurando que no sean considerados responsables por priorizar el desarrollo social y ambiental sobre el rendimiento económico inmediato de los accionistas.Ítem Acceso Abierto Impuesto a la renta a las empresas multinacionales según el enfoque BEPS y pilar uno OCDE(Universidad ESAN, 2024) Nuñez Pahuacho, Bryan Jose; Osorio Salirrosas, Jose Concepcion; Valerio Ponce, Judith EvelynLa nueva era digital ha tenido un efecto contundente en el comercio electrónico eliminando fronteras a nivel mundial, lo que implica un exponencial crecimiento en este tipo de negocios innovadores, de igual manera es imperante la necesidad de actualizar la norma fiscal que los regula con el fin de contar con herramientas eficientes y eficaces que apoyen a combatir la evasión y elusión fiscal. En razón de ello, los modelos de negocio han evolucionado durante las últimas décadas, pasando de ser presenciales para convertirse en digitales. Esto ha dado pie a una potencial erosión de la base tributaria por parte de las empresas multinacionales. A raíz de este problema buscamos describir de una forma más clara el enfoque del Pilar Uno (Reforma Fiscal Global) propuesto por la OCDE, la cual busca constituir en la práctica un tratado multilateral, que sin llegar a eliminar los Convenios bilaterales para evitar la doble imposición (en adelante CDI), busca una tributación más justa y técnicamente viable, evitando la elusión fiscal conforme a las propuestas del Plan BEPS y el abuso de los CDI’s vigentes.Ítem Embargo Cuestionamiento de los acuerdos del directorio ¿procede plantear nulidad o impugnación?(Universidad ESAN, 2024) Martin Perez, Lenin Cesar; Ramos Molina, Susana; Venero Arango, Ronald OmarEl presente trabajo de investigación surge a partir del vacío normativo en la Ley General de Sociedades(LGS) N° 26887, respecto a la posibilidad de cuestionar judicialmente los acuerdos societarios adoptados por el Directorio de una sociedad anónima. En este sentido, se propuso como objetivo general determinar la pretensión idónea para cuestionar un Acuerdo de Directorio en la LGS. Para alcanzar los objetivos propuestos fue necesario abordar la teoría de ineficacia del acto jurídico, a partir del estudio de las causales de nulidad y anulabilidad de los actos societarios acogida en los artículos 139, 150 y 38 de la LGS. Se discute, a partir de la revisión normativa, jurisprudencial y doctrinaria, si el Derecho Societario Nacional contempla la posibilidad de cuestionar los acuerdos adoptados en el Directorio, ello pese a que, a diferencia de los acuerdos de la Junta General de Accionistas, dicha posibilidad no se encuentra expresamente normada en la LGS. El trabajo concluye indicando que de acuerdo a la LGS, la pretensión idónea para cuestionar los acuerdos societarios adoptados por el Directorio es la nulidad y no la impugnación conforme se desprende de la lectura del art. 38 de la LGS. Esta posibilidad tiene una doble fundamentación : la primera de tipo dogmático, y la segunda fundamentación es de tipo práctico, debido a la necesidad de proteger a los socios.