Maestría en Finanzas y Derecho Corporativo

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    La relación entre la CAG de derecho interno y las CAE de los CDI
    (Universidad ESAN, 2019) Chirinos Sota, Carlos Enrique; Díaz López, Karin Junet
    Aquellas Cláusulas Antielusivas Específicas (“CAE”) de los Convenios para evitar la Doble Imposición (“CDI”), que tienen una estructura objetiva (“CAE propias”), establecen su alcance a través de criterios específicos (límites temporales, límites cuantitativos, exigencias verificables de manera formal como las características del receptor del pago, el accionariado del receptor del flujo, entre otros), no entran en conflicto con la Cláusula Antielusiva General (“CAG”) de derecho interno. Un análisis distinto debe llevarse a cabo en relación a las “CAE impropias”, esto es, aquellas cláusulas que, destinadas a un sector o tipo de renta específico, comparten la naturaleza de la CAG en el sentido que se encuentran sustentadas en el criterio “sustancia sobre forma” o “realidad económica”. Sólo en este caso la relación se resuelve a través del principio lex specialis derogat generali. Estas cláusulas (CAE impropias) no implican ningún tipo de regla de protección al contribuyente, lo que nos parece grave, ya que su redacción utiliza terminología vaga y ambigua (“principal propósito o uno de los principales propósitos”), y sin ninguna disposición de salvaguarda. Nuestro planteamiento sugiere criterios para proteger al contribuyente de la aplicación de las referidas cláusulas por parte de la autoridad tributaria.
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    La problemática de la responsabilidad tributaria del contrato de consorcio : análisis y aportes a partir de la regulación societaria en el Perú
    (Universidad ESAN, 2019) Laura Klotchkova, Eliza Davidovna; Vinelli Vereau, María Fiorella; Delgado Garro, Pamela Mercedes
    A lo largo del tiempo las empresas han decidido unirse y llevar a cabo diversos negocios en conjunto sin la necesidad de constituir una nueva sociedad. En efecto, los empresarios buscan potenciar sus negocios para competir y ser más atractivos, para ello requieren una herramienta que constituya flexibilidad, celeridad estableciendo reglas para el desarrollo de su negocio, con un fin económico común. Así nació el contrato de consorcio, una figura aun ambigua regulada por la Ley General de Sociedades, pese a ser un contrato que carece de personalidad jurídica, sin embargo, por ficción legal es sujeto de derechos y obligaciones en el ámbito tributario, por ende, es sujeto pasivo de impuestos como IR e IGV. ¿Cuál es la controversia? En la presente tesis, analizamos los limites de la responsabilidad solidaria de los consorciados, la cual deviene en ilimitada, dejando de lado los principios tributarios como reserva de Ley, igualdad, justicia y certeza. En ese sentido, en los casos de consorcios con contabilidad independiente, la Administración podrá ejecutar el cobro de manera indistinta a los consorciados sin importar el grado de participación o contribución en el negocio.
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    ÍtemAcceso Abierto
    Análisis de las limitaciones establecidas para la deducción de gastos financieros empresariales
    (Universidad ESAN, 2019) Contreras Arbieto, Rubén Darío; Torres Fernández, Cinthia
    La interacción entre empresas ubicadas en diferentes países ha generado estrategias de planeamiento fiscal con el propósito de minimizar el costo fiscal de sus operaciones. Como respuesta a estas estrategias, los países miembros de la OCDE han iniciado un plan de 15 acciones dirigido a contrarrestar los efectos de las BEPS (Base Erosión and Profit Shifting por sus siglas en inglés), el que incluye la Acción 4 recomienda limitar la deducción de intereses. En ese contexto, diferentes países han incorporado en sus legislaciones las recomendaciones del Plan BEPS. El Perú no ha sido ajeno a esta situación, pues el pasado 13 de setiembre del 2018 modificó su Ley del Impuesto a la Renta e introdujo un nuevo régimen para la limitación de deducciones de intereses basado en el EBITDA. Considerando la nueva normativa y tomando como base la información financiera de empresas reales, el presente trabajo realiza simulaciones a fin de evaluar los efectos de los nuevos límites establecidos. Para ello se han seleccionado cuatro sectores de importancia en la economía peruana, como son, el sector minería, el sector hidrocarburos, el sector construcción y el sector electricidad.
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    ÍtemAcceso Abierto
    Reforma fiscal verde : ¿estricta tributación ambiental o incentivos tributarios de promoción efectiva en la adopción de medidas de protección del medio ambiente?
    (Universidad ESAN, 2017) Paredes Montoya, Christian Andre
    El objetivo del presente trabajo es analizar las dos principales políticas de acción que un Estado podría ejercer para coadyuvar en la protección del medio ambiente desde el punto de vista tributario (cargas e incentivos). Y de manera más específica, se pretende sustentar que en el caso peruano, existe el sustento constitucional y legal para implementar una política tributaria ambiental, haciendo mayor hincapié en la implementación de incentivos tributarios ambientales, tomando además, como referencias experiencias internacionales en dichos tipos de instrumentos, y que en muchos casos, ha conllevado a resultados exitosos en el combate contra la contaminación ambiental. Así entonces, a partir de lo XIII desarrollado, esta investigación propone alternativas de modificación legislativa a fin de incentivar a los propios contribuyentes a invertir en bienes y/o procesos ambientalmente más eficientes, principalmente, en relación al Impuesto a la Renta (deducibilidad de gastos en inversiones ambientales, etc.) e Impuesto General a las Ventas (exoneraciones, etc.).
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    ÍtemAcceso Abierto
    Tratamiento tributario en el impuesto a la renta de las retribuciones pagadas a personas naturales por acuerdos de no competencia en el marco de la transferencia de acciones y adquisiciones de negocios
    (Universidad ESAN, 2017) Pesantes Arzapalo, Jorge Joel; Ramos Ángeles, Jesús Alberto
    El presente estudio se avoca al estudio de los acuerdos de no competencia que son obligaciones de no hacer o abstenerse de realizar actos de competencia respecto de la empresa cuyas acciones han sido transferidas. Específicamente, se centra en el problema fiscal relativo a si la retribución que se paga a la persona natural que transfiere las acciones, por la celebración del acuerdo de no competencia, califica como renta gravada de segunda (5%) o de tercera categoría (29.5%). Además, el trabajo toca también, en que en forma no protagónica, la fiscalidad de estos pagos en el Impuesto General a las Ventas, así como el valor de mercado para efectos tributarios de los acuerdos negativos cuando no están expresamente pactados en el contrato de venta de acciones.